Política

Procuraduría de la Ética Pública investiga actuaciones del Presidente Municipal de Grecia

Rodolfo Bolaños U/noticias@periodicomitierra.com |
Procuraduría de la Ética Pública investiga actuaciones del Presidente Municipal de Grecia

La Procuraduría de la Ética Pública investiga una denuncia contra el presidente municipal de Grecia, Andrés Stanley, por faltar a los deberes de la ética pública.

Al regidor del partido cantonal Unión Griega, se le acusa de participar en discusiones y votaciones que han favorecido a asociaciones de desarrollo, además de inventarse atribuciones que no se establecen en el Código Municipal.

Stanley, aparte de presidente municipal, también es el presidente de la Unión Cantonal de Asociaciones y presidente de la Asociación de Desarrollo del Poró.

De acuerdo a la denuncia que se realizó de forma anónima, Stanley está favoreciendo a la Asociación de Desarrollo de Barrio Los Pinos para que administre  la cancha de fútbol de la localidad a pesar de que pertenece a la municipalidad.          

En la Comisión de Asuntos Jurídicos del Concejo Municipal se dictaminó de forma unánime con los votos de Stanley, Cristian Alfaro y Ricardo Arias que la plaza de Barrio Los Pinos la administre la asociación.

Al existir un presunto favorecimiento a la asociación de desarrollo por parte de Stanley, éste se debió inhibir de participar de dicha votación y discusión.

La polémica surge porque el Comité Cantonal de Deportes de Grecia no cuenta con suficientes escenarios deportivos para que sus ligas menores puedan entrenar y realizar partidos y la situación se va a complicar más, porque el estadio Allen Rigioni, a partir del 26 de noviembre, no contará con el permiso de funcionamiento del Ministerio de Salud por un problema grave del sistema eléctrico del inmueble y por una denuncia ambiental que se encuentra en el Ministerio Público por dos nacientes.

Los cuestionamientos surgen porque la Asociación de Desarrollo sólo utiliza la plaza para lucrar con vallas publicitarias, el alquiler de una soda y de la cancha, pero no cuenta con ninguna proyección deportiva para la comunidad,  ni siquiera tiene un comité comunal de deportes, ni equipos de fútbol del Barrio Los Pinos.

El tema de la plaza de Barrio Los Pinos también fue denunciado ante la Contraloría General de la República porque sin convenio la asociación de desarrollo sigue administrando el inmueble y el ayuntamiento no ha realizado ninguna gestión para recuperar esa propiedad que le pertenece.

Atribuciones  

Otra atribución que se ha dado Stanley que no se contempla en el Código Municipal, es una resolución que presentó ante el Concejo Municipal donde se atribuye que puede convocar a sesiones extraordinarias y que puede resolver cualquier asunto en caso de empate, para cuya situación tendrá voto de calidad (doble).

El Código Municipal establece en el artículo 17,  inciso m), que corresponde a la persona titular de la Alcaldía convocar al Concejo a sesiones extraordinarias o cuando se lo solicite, con veinticuatro horas de anticipación, por lo menos la tercera parte de los regidores propietarios.y el artículo 27, inciso f), que establece, dentro de las facultades de los regidores, solicitar por escrito la convocatoria a sesiones extraordinarias, cuando sea solicitud de al menos la tercera parte de los regidores propietarios. En síntesis, no es facultad del presidente del Concejo Municipal convocar a sesiones extraordinarias, esta es una facultad del alcalde.

Sobre el voto que vale doble del presidente municipal en caso de empate, el Código Municipal ni siquiera lo contempla.

El regidor de Nueva República, Ricardo Arias, presentó una apelación a esas atribuciones, pero el propio Stanley las rechazó.      

La investigación en la Procuraduría de la Ética Pública está bajo el expediente DEP-266-2021.

Última actualización: 18/11/2021